Introducción
Trabajar en remoto o darte de alta como autónomo cambia varias cosas respecto a la declaración de la renta que quizás conocías como asalariado. Aquí van los conceptos clave para entender qué cambia, sin entrar en tecnicismos legales que varían caso a caso.
Diferencias clave frente a ser asalariado
Como asalariado, tu empresa retiene el IRPF cada mes y gran parte del trabajo fiscal ya está hecho por ti. Como autónomo, tú eres responsable de calcular y pagar tus propios impuestos trimestralmente, no solo una vez al año.
Conceptos básicos que debes conocer
IRPF trimestral (Modelo 130)
Como autónomo, presentas un pago fraccionado del IRPF cada trimestre, a cuenta de la declaración anual. No es un impuesto extra, es un adelanto de lo que ya calcularás en la declaración de la renta anual.
IVA (Modelo 303)
Si tu actividad está sujeta a IVA, debes repercutirlo en tus facturas y declararlo trimestralmente, descontando el IVA soportado en tus gastos deducibles.
Gastos deducibles
A diferencia de un asalariado, como autónomo puedes deducir ciertos gastos relacionados con tu actividad (parte proporcional de suministros si trabajas desde casa, material, cuota de autónomos, entre otros), reduciendo la base imponible sobre la que pagas impuestos.
Qué necesitas llevar en orden durante el año
- Todas las facturas emitidas (a tus clientes) y recibidas (tus gastos deducibles)
- Un registro de ingresos y gastos actualizado, no solo al final del año
- Los justificantes de pagos de las cuotas trimestrales ya realizadas
El error más común: no reservar dinero para impuestos
Muchos autónomos que empiezan gastan el 100% de lo que facturan, sin apartar una parte para los pagos trimestrales y la declaración anual. Una práctica recomendable es reservar automáticamente un porcentaje de cada ingreso (habitualmente entre el 15-20%, aunque depende de tu situación concreta) en una cuenta separada, exclusivamente para impuestos.
Trabajo remoto para una empresa extranjera: una situación particular
Si trabajas en remoto para una empresa fuera de España, la situación fiscal puede tener particularidades (retenciones, convenios de doble imposición) que no aplican igual que a un autónomo con clientes nacionales. Este es un caso donde conviene especialmente consultar con una gestoría o asesor fiscal, dado que las reglas varían según el país de la empresa y tu situación de residencia fiscal.
Por qué conviene una gestoría, al menos al principio
La fiscalidad de autónomos tiene suficientes particularidades (regímenes especiales, deducciones, plazos) como para que, especialmente en tus primeros meses o años, el coste de una gestoría suela compensar frente al riesgo de errores o sanciones por desconocimiento.
En resumen
La fiscalidad de un autónomo requiere una gestión activa y trimestral que no existe para un asalariado. Llevar un registro ordenado desde el principio y reservar dinero para impuestos de forma sistemática evita los sustos más comunes de quienes empiezan por su cuenta.